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Hipoteca para Herencia: Paga impuestos y quédate la casa

¿No tienes dinero para aceptar la herencia o pagar a tus hermanos? Descubre cómo pedir una hipoteca para herencias antes de que caduquen los plazos.

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Herencias: Cuando recibir una casa cuesta dinero

Heredar una vivienda debería ser una buena noticia. Pero a menudo es una pesadilla financiera. Te encuentras con una casa que vale 200.000€, pero para ponerla a tu nombre tienes que pagar 15.000€ de Impuesto de Sucesiones y Plusvalía Municipal. Y no tienes ese dinero.

O peor: Sois 3 hermanos, queréis la casa, pero dos quieren vender y tú quieres quedártela. Tienes que pagarles su parte.

El Círculo Vicioso de la Aceptación

Para pedir una hipoteca sobre la casa heredada (y así tener dinero), el banco exige que la casa esté a tu nombre en el Registro. Pero para inscribirla en el Registro, el Registrador exige que hayas pagado el Impuesto de Sucesiones. Y para pagar el impuesto… necesitas la hipoteca.

¿Cómo se rompe este bucle?

Solución 1: El Préstamo para Gastos (La Hipoteca Simultánea)

Trabajamos con bancos especializados que entienden este proceso. Se coordina una firma única en notaría:

  1. Firmas la escritura de Aceptación de Herencia.
  2. En el mismo acto, firmas la Hipoteca.
  3. El banco libera “in situ” los fondos para pagar el Impuesto de Sucesiones.
  4. El gestor del banco se lleva las escrituras para inscribirlas.

De esta forma, no necesitas adelantar el dinero de tu bolsillo.


Comprar la parte a tus hermanos

Situación clásica: Casa de los padres. Tres hijos.

  • Hermano A (Tú): Quiere vivir en la casa.
  • Hermano B y C: Quieren dinero ya.

No cometas el error de hacer una compraventa normal (pagarías un 10% de impuestos). La forma correcta es una Extinción de Condominio o un Exceso de Adjudicación en Herencia.

  • Paso 1: Tasamos la vivienda (ej. 300.000€).
  • Paso 2: Te corresponde pagar 100.000€ a cada hermano (total 200.000€).
  • Paso 3: Pedimos una hipoteca a tu nombre por 200.000€. Como la casa vale 300k, el LTV es del 66% (muy viable).
  • Resultado: Tus hermanos cobran, tú te quedas la casa y pagas muy pocos impuestos (aprox 1% en vez del 10%).

Heredar con Hipoteca Pendiente

¿Qué pasa si la casa que heredas todavía tiene hipoteca de tus padres?

  1. Seguro de Vida: Lo primero, revisa si tus padres tenían seguro de vida vinculado. Si es así, el seguro cancela la deuda y recibes la casa limpia. (¡Ojo! Tienes plazos muy cortos para reclamar al seguro).
  2. Subrogación: Si no hay seguro, heredas la casa Y LA DEUDA. Te conviertes en el nuevo titular de la hipoteca automáticamente. El banco no puede negarse a aceptarte como nuevo deudor (aunque puede pedirte avales si tu solvencia es mala).

Conclusión

No renuncies a una herencia por falta de liquidez. Es el mayor error patrimonial que puedes cometer. Existen mecanismos financieros para pagar los impuestos usando la propia garantía de lo que heredas. Solo necesitas un banco ágil que coordine la operación simultánea en notaría.

¿Necesitas liquidez para aceptar una herencia?

* Nota: La tabla superior clasifica la viabilidad de la operación: Verde (Viable), Naranja (Luchable) y Rojo (Difícil) según los criterios de riesgos bancarios actuales.

Preguntas Frecuentes sobre este caso

¿Puedo pedir hipoteca para pagar el Impuesto de Sucesiones? +

Es el problema del 'huevo y la gallina'. El banco te pide que la casa sea tuya para darte hipoteca, pero no puedes ponerla a tu nombre hasta que pagues el impuesto. SOLUCIÓN: Hacemos una operación 'puente' o simultánea donde el banco emite el cheque para Hacienda en el mismo momento de la firma ante notario.

¿Cómo compro la parte de mis hermanos? +

Mediante una Extinción de Condominio (si ya habéis aceptado la herencia) o una Adjudicación de Herencia con exceso de adjudicación (si aún no habéis firmado). Financiamos el pago a tus hermanos para que tú te quedes el 100% de la casa.

¿Qué pasa si no tenemos dinero para aceptar la herencia? +

Si no aceptáis en 6 meses, Hacienda os cobrará recargos. Si no tenéis liquidez, gestionamos un préstamo temporal (avalado por la propia casa) para pagar notaría e impuestos, que luego se cancela con la hipoteca definitiva.

¿Afecta el artículo 28 (ahora 20 bis) de la Ley Hipotecaria? +

El famoso 'Artículo 28' (que impedía vender en 2 años si el heredero no era directo) fue derogado en 2021. Ahora, si heredas de un tío o primo, ya **NO** hay limitación para pedir hipoteca o vender la casa al día siguiente.

¿Te sientes identificado?

Cada caso es un mundo. Lo que para un banco es un "no", para otro puede ser un "sí" si se presenta bien. Déjanos revisar tu caso sin coste.

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